La sentencia señala que las malas relaciones personales entre tres policías locales ocasionó “un mal funcionamiento” de la Unidad de Menores y Violencia de Género
GETAFE/ 10 MARZO 2017/ El Juzgado Contencioso Administrativo nº 17 de Madrid ha dado la razón al Ayuntamiento en el cambio de destino a finales de 2014 de un Policía local perteneciente a la Unidad de Menores y Violencia de Género ante los problemas de convivencia entre los compañeros y las malas relaciones personales entre sus componentes, lo que incidía en la normal prestación del servicio.

Según la sentencia fechada el pasado 19 de diciembre, el jefe de la Policía local emitió un informe hace más de dos años sobre la necesidad de cambio de unidad y de funciones de varios agentes pertenecientes a la Unidad de Menores y Violencia de Género por las relaciones tensas entre ellos, lo que motivó designar para otras funciones a tres policías por sus diferencias profesionales y personales.
Uno de los policías fue enviado a la Unidad de Medioambiente de Perales del Río, pero consideró que se menoscababa y menospreciaba el trabajo que había realizado hasta ese momento, por lo que presentó reclamación administrativa al estimar que había sido designado de manera arbitraria a este nuevo destino, y pidió por vía judicial que se le reintegrara a su anterior puesto.
Sin embargo, en la sentencia, que es recurrible, se señala que no ha sido vulnerado el acuerdo para el personal funcionario del Ayuntamiento, ya que se atendió a las necesidades del servicio, y considera que estaba motivada la decisión de trasladar a los tres integrantes de la Unidad de Menores y Violencia de Género, entre ellos al recurrente, por las malas relaciones personales entre ellos, que ocasionó “un mal funcionamiento de la unidad”.